CitaHuellas

Huellas y TIE para beneficiarios de la protección temporal de Ucrania

Actualizado el 30 de agosto de 2026 · CitaHuellas

Dos situaciones muy distintas llegan a este trámite. Si acabas de conseguir la protección temporal, te esperan dos citas: la toma de huellas y, semanas después, la recogida de tu TIE. Si ya tienes la tarjeta desde hace tiempo, la noticia es mejor todavía: no tienes que hacer nada. Aquí está cada caso, en claro.

Si YA tienes la tarjeta: es válida hasta el 4 de marzo de 2027, sin trámites

La Orden INT/96/2026 (BOE de 17 de febrero de 2026) prorrogó automáticamente la validez de todas las TIE de protección temporal hasta el 4 de marzo de 2027. Aunque tu tarjeta muestre una fecha de caducidad anterior, sigue siendo válida — sin cita, sin renovación, sin pagar nada.

Desconfía de quien te ofrezca cobrar por una "renovación de la protección temporal": ese trámite no existe ahora mismo. Es exactamente el tipo de venta de miedo que este sector produce cuando la gente no conoce la norma.

Si acabas de obtener la protección: tus dos citas

Con la resolución concedida, toca la toma de huellas en la comisaría de tu provincia — la cita que se agota en minutos. Llevas pasaporte, la resolución, una foto tamaño carné y el resguardo de la solicitud; la tasa, si te la piden, es la 790 código 012.

Unas semanas después de las huellas (normalmente 30-45 días), tu TIE llega a la comisaría y hace falta una segunda cita para recogerla. La tarjeta no espera para siempre: las oficinas las guardan unos meses y después las devuelven o destruyen.

No tienes que esperar a que caduque: ya puedes pasarte a otra autorización

La protección temporal está prorrogada hasta el <strong>4 de marzo de 2028</strong>. Lo decidió el Consejo de la UE el 30 de julio de 2026 (Decisión de Ejecución (UE) 2026/1912, publicada en el DOUE el 4 de agosto). Ojo a una cosa que confunde a mucha gente: esa es la fecha de tu ESTATUS, y no es la misma que la fecha de tu TARJETA. La Orden INT/96/2026 prorrogó la validez de las TIE hasta el 4 de marzo de 2027, un año antes. Hoy, por tanto, hay un desfase: el estatus llega a 2028 y el plástico, de momento, a 2027. Es de esperar que España vuelva a prorrogar las tarjetas antes de esa fecha; cuando lo publique en el BOE, lo actualizamos aquí. Y lo importante no cambia: ya existe una salida y no hace falta esperar a que caduque nada. Unas instrucciones de la Secretaría de Estado de Migraciones (SEM 2/2026, firmadas electrónicamente el 22 de junio de 2026) abrieron el paso desde la protección temporal a otras autorizaciones.

La parte importante, y la que casi nadie sabe: puedes pedir un arraigo SIN renunciar antes a tu protección temporal. Normalmente el artículo 126.h del Reglamento impide pedir arraigo a quien ya tiene una autorización de residencia — y la protección temporal lo es. Las instrucciones dicen expresamente que ese artículo «no resultará de aplicación» en tu caso.

Y el tiempo no se pierde. El tiempo que llevas en España con protección temporal «se computará, a todos los efectos» para los dos años de permanencia continuada que pide el arraigo. Ojo con una confusión frecuente: el tiempo como solicitante de asilo NO cuenta para el arraigo, pero el de protección temporal SÍ. Son cosas distintas.

También cuenta íntegramente para los cinco años de la residencia de larga duración nacional, sumándose a la autorización nueva que consigas. Un matiz honesto: las instrucciones hablan de la larga duración nacional; para la de larga duración-UE no lo afirmamos porque el texto no lo dice.

Otra vía, si cumples los requisitos, es modificar tu autorización a una de residencia y trabajo por el artículo 191 (en tu caso no se aplica el apartado 7, que normalmente lo bloquearía). Y si estás estudiando y no puedes ir por el 191, existe el arraigo socioformativo.

El error que más caro sale: renunciar a la protección temporal antes de tiempo. El orden correcto es al revés — primero consigues la nueva autorización, y solo después renuncias expresamente, presentando el resguardo de esa renuncia cuando pidas la TIE. Nunca sueltes lo que tienes hasta tener lo nuevo concedido.

Un apunte de honestidad: las instrucciones no fijan ninguna fecha límite para dar este paso. Si alguien te mete prisa diciendo que tienes que cambiarte antes de una fecha concreta, no está citando la norma.

Українською: коротко

Якщо у вас ВЖЕ є картка тимчасового захисту: вона автоматично дійсна до 4 березня 2027 року (Orden INT/96/2026), навіть якщо на картці інша дата. Продовжувати її не потрібно, і ніхто не має права брати за це гроші.

Якщо ви щойно отримали тимчасовий захист: вам потрібні два записи — на зняття відбитків пальців (huellas) і, через кілька тижнів, на отримання картки TIE. Саме ці записи зникають за хвилини — ми знаходимо їх для вас, оплата лише після підтвердження запису.

Важливо: вже зараз можна подати заяву на іншу форму дозволу (arraigo), не відмовляючись заздалегідь від тимчасового захисту. Час із тимчасовим захистом зараховується повністю. Відмову від захисту подають ТІЛЬКИ після того, як новий дозвіл уже надано. Кінцевого терміну немає. Напишіть нам — пояснимо ваш випадок.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que renovar mi tarjeta de protección temporal?
No. Todas las TIE de protección temporal son válidas automáticamente hasta el 4 de marzo de 2027 por la Orden INT/96/2026, aunque la tarjeta muestre otra fecha. No hay cita ni pago que hacer.
Mi tarjeta caduca el 4 de marzo de 2027, pero dices que la protección llega a 2028. ¿Cuál vale?
Las dos cosas son ciertas y se refieren a cosas distintas. El ESTATUS de protección temporal está prorrogado hasta el 4 de marzo de 2028 por decisión del Consejo de la UE (Decisión de Ejecución (UE) 2026/1912, de 30 de julio de 2026). La validez de las TARJETAS la prorrogó España hasta el 4 de marzo de 2027 mediante la Orden INT/96/2026. Es decir, hoy el estatus va un año por delante del plástico. Lo normal es que España publique una nueva orden prorrogando las tarjetas antes de marzo de 2027; en cuanto salga en el BOE lo reflejamos en esta página.
¿La prórroga de 2026 cambió algo para quien pide la protección por primera vez?
La decisión del Consejo de julio de 2026 introdujo, además de la prórroga, una condición nueva relacionada con el cumplimiento de las obligaciones militares en Ucrania, con una excepción expresa para quienes ya disfrutaban de protección temporal antes de esa fecha y la mantienen de forma continuada. Si ya tienes la protección y no la has perdido, esa condición no va contigo. Si vas a solicitarla ahora, lee el texto oficial antes de nada: no somos abogados y esto no es asesoramiento legal.
¿Puedo pedir el arraigo sin renunciar antes a la protección temporal?
Sí. Las instrucciones SEM 2/2026 dicen expresamente que el artículo 126.h (el que impide pedir arraigo si ya tienes una autorización de residencia) «no resultará de aplicación» a los beneficiarios de protección temporal. Puedes solicitarlo aun siendo titular de tu tarjeta actual. La renuncia va después, no antes.
¿Me cuenta el tiempo con protección temporal para los 2 años del arraigo?
Sí, y esto es lo importante: cuenta «a todos los efectos» para los dos años de permanencia continuada del artículo 126.b. No lo confundas con el asilo — el tiempo como solicitante de protección internacional NO cuenta para el arraigo, pero el de protección temporal sí.
¿Hay una fecha límite para cambiar de la protección temporal a otra autorización?
No. Las instrucciones no fijan ningún plazo para dar el paso, y la protección temporal está prorrogada hasta el 4 de marzo de 2028 por la Decisión de Ejecución (UE) 2026/1912. Desconfía de quien te presione con una fecha inventada.
¿Cuánto cuestan las citas si acabo de obtener la protección?
La cita de toma de huellas cuesta 59 € (99 € en Barcelona) y la de recogida de TIE 49 €. En ambos casos sin pago por adelantado: pagas al verificar tu cita en la sede.
¿La consulta de mi expediente dónde se hace?
En la página oficial "cómo va lo mío" (sede.administracionespublicas.gob.es/infoext2) con tu NIE y fecha de nacimiento. Es gratuita.

Fuentes oficiales

¿Te falta la cita de huellas o la recogida de tu TIE? Escríbenos y la vigilamos por ti — sin pago por adelantado.

Buscar mi cita de huellas

CitaHuellas es un servicio privado e independiente de gestión de citas. No es un despacho de abogados ni una gestoría colegiada, no presta asesoramiento jurídico y no está afiliado a la Policía Nacional ni a ninguna administración pública. Esta guía es información general, no asesoramiento jurídico para tu caso concreto.